Llega la temporada de vacaciones y todos pensamos a donde viajaremos para relajarnos esos ansiados días.

Es importante chaquear que documentación nos hará falta si hay un menor de edad en nuestro grupo.

Fuentes: http://www.migraciones.gov.ar - https://www.cnrt.gob.ar

 

De acuerdo con las leyes argentinas, todo menor de 18 años que quiera salir del país deberá tener documentación complementaria al DNI o Pasaporte que utilice para viajar.

En el caso de vuelos dentro de Argentina y países del Mercosur y asociados los argentinos podemos salir con DNI digitalizado, es decir, el DNI tarjeta o tapa celeste que NO este escrito a mano. En el caso del resto de los países, tenemos que usar el Pasaporte.

¿Cuál es el Procedimiento para salir del país con menores de 18 años?

-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres. 

-Si el menor viaja sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente. 

-Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres). 

-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos. 

Observaciones:

Toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.

Lea las novedades importantes que se produjeron a partir de Diciembre 2017 haciendo click aqui 


Trámites de autorización:
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz. 
Autorización de validez única: Migraciones cuenta con un servicio de urgencia para el otorgamiento de la autorización que tiene validez por un sólo viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. Puede tramitarse en todas las delegaciones, oficinas migratorias, en el paso fronterizo donde se pretenda egresar, en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque y Puerto de Buenos Aires. 

 

¿Cuál es el Procedimiento para viajar dentro del país con menores de 18 años?

Con el objetivo de disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracciones, el Ministerio de Transporte de la Nación  y la CNRT implementaron una nueva normativa (Resolución SGT 43/2016 y Resolución CNRT 1025/2016) que regula las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros.

¿Qué establece la nueva regulación?

  • Si el menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por un Representante Legal o Tercero Autorizado.
  • Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal, Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.
  • Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados o solos, contando con las autorizaciones requeridas.

EL VINCULO FILIATORIO SIEMPRE DEBE SER ACREDITADO

Trámites de autorización: 

PRESENCIAL: Se podrán realizar de manera Presencial en las boleterías de las empresas, completando el formulario que existe para tal fin. El formulario puede ser descargado aquí(*).

PREVIA: Se podrá realizar la autorización a través de: Escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales

¿Qué documentación es necesaria para acreditar el vínculo filiatorio?

  • DNI / PASAPORTE  DEL MENOR
  • DNI DEL REPRESENTANTE LEGAL
  • LIBRETA DE MATRIMONIO CON NACIMIENTO ASENTADO O PARTIDA DE NACIMIENTO O ACTA DE NACIMIENTO O TESTIMONIO JUDICIAL DE ADOPCIÓN
  • EL VÍNCULO PODRÁ SER ACREDITADO MEDIANTE EL DNI DEL MENOR, SIEMPRE QUE ÉSTE CONTENGA EL NOMBRE DE SUS REPRESENTANTES LEGALES.
  • SI VIAJA CON UN TERCERO, DNI DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL MENOR DURANTE EL VIAJE Y AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE.

SE DEBE CONTAR CON ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE TODA  LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA